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Requisitos de Solvencia y Gestión de Riesgos para Intermediarios de Valores y Corredores de Bolsa de Productos

  • 11 jun 2025
  • 5 Min. de lectura

Actualizado: 10 jul 2025

AnƔlisis de la Norma Propuesta por la CMF


Autores: César Pérez - Quantitative Analyst. SebastiÔn Arias - DataScience



I. Introducción


El pasado 23 de mayo de 2025 la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) inició un proceso de consulta pública que redefine los requerimientos de patrimonio mínimo, garantías, liquidez y endeudamiento que deben cumplir los intermediarios de valores y corredores de bolsa de productos en Chile. Esta iniciativa busca fortalecer la estabilidad del mercado financiero, dotando al sistema de herramientas mÔs precisas y modernas para enfrentar los riesgos inherentes a la intermediación financiera.  El documento se trata de una propuesta normativa que ya fue puesta en consulta en julio de 2024. En esta nueva versión recoge los principales comentarios que la industria (intermediarios de valores, corredores de bolsa de productos) planteó en el proceso de consulta anterior.


II. Diagnóstico y Justificación Normativa


La propuesta surge como respuesta a diversas brechas regulatorias identificadas en el diagnóstico de la CMF. Entre ellas se destaca la necesidad de actualizar el marco normativo relativo al patrimonio mínimo, endeudamiento y liquidez; la incorporación de metodologías mÔs robustas para el cÔlculo del riesgo de crédito en operaciones con derivados; y la inclusión de criterios diferenciados por tamaño de intermediario, clasificados en tres bloques según volumen de negocios. También se enfatiza la necesidad de simetría regulatoria con entidades Fintec, así como la adaptación a las reformas introducidas por las leyes N°21.521 y N°21.641.


El diagnóstico revela que las metodologías anteriores, como las contenidas en la NCG N°18 y la Circular N°632, eran insuficientes para capturar adecuadamente los riesgos reales. Las nuevas disposiciones buscan dar respuesta a esta deficiencia mediante una estructura regulatoria que considera riesgos operacionales, riesgos de mercado, riesgo de contraparte y de crédito de forma diferenciada, incorporando elementos dinÔmicos que responden a la evolución del mercado y del negocio de intermediación.

AdemÔs, se identificó una creciente necesidad de integrar a las entidades no bancarias que prestan servicios financieros bajo esquemas prudenciales diferenciados según el perfil de riesgo y características de cada entidad. Esta perspectiva regulatoria busca no solo proteger a los inversionistas y clientes, sino también evitar fenómenos de arbitraje regulatorio entre los distintos actores del sistema financiero. También responde a las recomendaciones formuladas por organismos multilaterales como el Fondo Monetario Internacional, que han observado la necesidad de fortalecer el mercado de REPO y otras infraestructuras críticas para la resiliencia del sistema financiero chileno[1].


III. Contenido de la Propuesta Normativa


La propuesta normativa se articula en torno a siete componentes fundamentales:

  • Umbral de volumen de negocios: Clasifica a los intermediarios en tres bloques (1, 2 y 3) segĆŗn criterios objetivos como nĆŗmero de clientes, activos custodiados y nivel de ingresos anuales. Los que prestan servicios de custodia serĆ”n automĆ”ticamente considerados como Bloque 3. (VĆ©ase Tabla 1)

  • Requisitos de patrimonio mĆ­nimo y garantĆ­as: Se establecen requisitos de patrimonio y garantĆ­as legales para los intermediarios de acuerdo con el umbral del volumen de negocios.

  • Patrimonio ajustado: Corresponde a la base patrimonial que refleja la capacidad real de absorción de pĆ©rdidas de la entidad. Este patrimonio contable se ajusta mediante deducciones por activos que no tienen capacidad inmediata de absorción de pĆ©rdidas, tales como activos intangibles e impuestos diferidos, asĆ­ como saldos deudores con relacionados y operaciones impagas de largo plazo.

  • MetodologĆ­a de cómputo de los activos ponderados por riesgos financieros y operacionales: Computo de los Activos Ponderados por Riesgos (APR) financieros y operacionales basĆ”ndose en los riesgos de mercado, crĆ©dito, contraparte, operacional y criptomonedas (VĆ©ase Tabla 2). Para derivados, se propone usar el equivalente de crĆ©dito y fomentar el uso de contratos marco de compensación y liquidación en Entidades de Contraparte Central (ECC).

  • ƍndice de liquidez: Establece un nivel mĆ­nimo que debe mantener el intermediario para cumplir con sus obligaciones financieras de forma oportuna. Se calcula sobre el patrimonio lĆ­quido.

  • ƍndice de endeudamiento: Establece un lĆ­mite al nivel de endeudamiento de los intermediarios al exigir una razón de endeudamiento menor o igual a 20 veces. Dicho Ć­ndice permite evaluar el nivel de apalancamiento de la entidad y su nivel de solvencia, y es calculado como la razón entre el pasivo exigible del intermediario y su patrimonio lĆ­quido.

  • Resultado de la evaluación de calidad de gestión de riesgos: Se utiliza para determinar ajustes adicionales en las exigencias de capital y garantĆ­as. Las entidades mal evaluadas deberĆ”n incrementar sus APR segĆŗn el porcentaje definido por la CMF.


Tabla 1Ā - Umbrales y requerimientos de patrimonio para cada bloque.


Esta clasificación permite observar con claridad los principales cambios respecto del marco vigente y cómo se integraron las observaciones de la industria tras la consulta pública.


Tabla 2 - Metodología de cÔlculo de patrimonio por tipo de riesgo















IV. Impacto Esperado de la Propuesta


Según la Evaluación de Impacto Regulatorio, los principales efectos de la norma se dividen en costos y beneficios tanto para los intermediarios de valores y corredores de bolsa de productos como para la CMF


  • Costos y beneficios para los intermediarios:Ā 

La propuesta normativa impone mayores exigencias prudenciales a los intermediarios de valores y corredores de bolsa de productos, derivadas de los cambios introducidos por la Ley 21.521 y por el desarrollo normativo específico que materializa su aplicación en los Ômbitos de patrimonio mínimo, garantías, liquidez y activos ponderados por riesgo. Adicionalmente, incorpora una metodología mÔs precisa para el cÔlculo de los activos ponderados por riesgo, lo que contribuye a una mejor identificación y mitigación de riesgos financieros y operacionales.


Asimismo, se alinean los requerimientos con estÔndares internacionales, como Basilea III, lo que permite una asignación de capital mÔs eficiente y reduce las asimetrías regulatorias respecto de otras industrias, como la bancaria. Estas medidas favorecen un uso mÔs eficiente del capital y refuerzan la gestión del riesgo de crédito y de contraparte.


  • Costos y beneficios para el regulador:

En relación con la propia CMF, la propuesta presentaría un aumento de requisitos para la supervisión, destacando una mayor dedicación al monitoreo del cumplimiento de los requisitos prudenciales de los corredores de bolsa de productos, así como el desarrollo de sistemas informÔticos que permitan reportar los requisitos de patrimonio mínimo y activos ponderados por riesgo financiero y operacional.


No obstante, la propuesta fortalece la supervisión prudencial, promueve una mayor simetría regulatoria entre los distintos participantes del mercado e impulsa la mitigación de riesgos sistémicos.


Junto con lo anterior, la propuesta contempla un periodo previo a su plena entrada en vigencia, durante el cual se realizarÔn mediciones y ajustes sobre los impactos reales, facilitando una implementación mÔs precisa y adecuada.


Tabla 3 - Costos y Beneficios de la propuesta normativa


V. Conclusión


La propuesta normativa representa un avance significativo en la modernización del marco prudencial para los intermediarios de valores y corredores de bolsa de productos en Chile, promoviendo la convergencia con estÔndares internacionales y fortaleciendo las bases para una supervisión efectiva y proporcional al riesgo. La creación de requisitos diferenciados según tamaño, la integración de técnicas modernas de medición de riesgo y la incorporación de estÔndares como Basilea III y MiFID II, sitúan a esta normativa en una línea de vanguardia regulatoria.


Desde una perspectiva prÔctica, la implementación de esta norma exigirÔ una cuidadosa planificación y coordinación entre los actores involucrados. No obstante, sus beneficios de largo plazo en términos de transparencia, estabilidad y competitividad del mercado superan con creces los costos iniciales de implementación.


En Histamai aplicamos nuestra experiencia en marcos de Basilea III y supervisión prudencial para acompañar a intermediarios de valores y corredores de productos en el diseño e implementación de estrategias integrales de adecuación regulatoria. Nuestro enfoque permite optimizar los niveles de capital, fortalecer los sistemas de gestión de riesgos financieros y facilitar el cumplimiento eficiente de los nuevos estÔndares establecidos por la CMF en materia de patrimonio, garantías, liquidez y endeudamiento, contribuyendo así a la sostenibilidad y competitividad de cada institución.


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